martes, 31 de agosto de 2010

El 30 de julio, mediante una carta presentada al Jefe de Gobierno, suspendimos nuestra participación en los Preconsejos Consultivos convocados por el Gobierno

Buenos Aires, 30 de Julio de 2010.


Señor:
Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ing. Mauricio Macri
S / D
De nuestra consideración:

Los abajo firmantes, nos presentamos a Ud. cumpliendo el mandato que nos fuera otorgado por la asamblea plenaria del Consejo Consultivo Provisorio de la Comuna 5 en la reunión celebrada el 17 de julio ppdo.

En primer lugar, queremos destacar, como ya lo hemos hecho en otras oportunidades en que, sin éxito, nos dirigimos a las autoridades de la Ciudad, que este consejo consultivo provisorio no hubiera podido constituirse sin la firme convicción democrática de los ciudadanos y ciudadanas de la comuna. Está integrado por más de 200 representantes de organizaciones sociales, civiles y políticas con arraigo en la comuna y por ciudadanos y ciudadanas independientes que participan en su carácter de tales.

El esfuerzo y la perseverancia participativa de los integrantes del CCP N° 5 hizo que funcionara con regularidad desde su constitución el 06 de marzo de 2010: dictando su propio reglamento, reuniéndose mensualmente en sesión plenaria, emitiendo resoluciones y declaraciones y garantizando un funcionamiento de seis comisiones y dos secretarías permanentes.

En asamblea plenaria decidimos participar de la primera convocatoria a la constitución del Pre-Consejo Consultivo que realizó el CGPC5 el 16 de junio, para aportar y engrandecer el espacio en el marco del período de transición hacia las Comunas, pidiendo el reconocimiento de lo actuado desde nuestra constitución. Sin embargo, el Director del CGPC5 negó esta posibilidad sin siquiera poner a consideración la posibilidad de la integración en un solo cuerpo. Esa reunión, en la que se desconocía lo actuado por un importante grupo de ciudadanos, terminó con el retiro de los integrantes del CCP N° 5, habiendo sido víctimas de insultos y agresiones por parte de individuos que claramente tenían una actitud hostil y prepotente que poco se compadece con los principios de la democracia participativa.

En dicha oportunidad, señalamos la insuficiencia y la flagrante superposición de intereses que contenía la Resolución N° 27/10 para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que la Ley N° 3.233 pone en cabeza del Poder Ejecutivo, al delegar la coordinación de los debates de las reuniones plenarias de los Preconsejos Consultivos Comunales en los Directores Generales de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales o en quienes éstos designen, alterando notablemente el esquema de prioridades legalmente establecido tal como consta en la Declaración Nº 01/10 del CCP Nº 5. Esta declaración fue leída públicamente el día 16 de junio en la reunión convocada por el titular del CGPC N° 5, Sr. Marcelo Bouzas. Sin embargo no fue incorporada al acta que los funcionarios labraran en la oportunidad.

Frente al fracaso de esta primera convocatoria, nos presentamos ante el Subsecretario de Atención Ciudadana Dr. Eduardo Macchiavelli, acompañando una nota relatando lo sucedido y solicitando una audiencia. Sin embargo, pese a la gravedad de los acontecimientos y a que hemos insistido en forma telefónica en diversas oportunidades, no hemos obtenido respuesta alguna hasta la fecha.

No obstante el trato descortés y ofensivo de que fuimos objeto por parte del Director del CGPC Nº 5 y de la indolencia demostrada por el Subsecretario, decidimos asistir a la segunda convocatoria del día 30 de junio. Todo ello en pos de un objetivo más caro a nuestras convicciones democráticas como lo es la institucionalización de las Comunas y la efectiva elección de las autoridades de la Junta Comunal.

En esta segunda reunión alcanzamos importantes “acuerdos/resoluciones”, que fueron votados por unanimidad, es decir que incluso quienes no habían participado en la conformación del CCP Nº 5, sino que habían acudido en virtud de la convocatoria efectuada desde el CGPC Nº 5, acordaron entre otros en: a) la necesidad de dictar un Reglamento de funcionamiento del Pre-Consejo Consultivo; b) salvar la omisión y por consiguiente incluir en el material de información a distribuir entre los ciudadanos y ciudadanas de la Ciudad la Ley N° 3.233 y c) que las reuniones del Pre Consejo se realicen cada 30 días en lugar de cada 15, esto último con el objeto de permitir el funcionamiento de las comisiones a crearse.

Sin embargo, y tal como figura en el acta cuya copia se acompaña, el Director del CCGPC Nº 5, Sr. Marcelo Bouzas, desconoció la decisión soberana del pleno, y resolvió unilateralmente, realizar una nueva convocatoria para el día 14 de julio.

Es necesario aquí detenerse y destacar la gravedad institucional que importa esta decisión del director del CGPC Nº 5. La ley Orgánica de Comunas N° 1.777 define en su Art. 33 a los Consejos Consultivos Comunales como organismos consultivos y honorarios de participación popular, conforme lo establecido en el Artículo 131 de la Constitución de la Ciudad. En el Art. 35 se fijan las funciones de los Consejos Consultivos, entre ellas: efectuar el seguimiento, evaluar la gestión Comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna y controlar la ejecución del presupuesto de la Comuna. Además, el Art. 37 obliga a las Juntas Comunales a dar consideración a las recomendaciones emanadas de los Consejos Consultivos.

Resulta entonces, a todas luces impropia la injerencia del Director del CGPC Nº 5 en materias que no son de su incumbencia, sino que corresponden a un organismo que tiene, precisamente, funciones de control sobre el ejecutivo de la comuna.

Aún así, resolvimos asistir en pos de objetivos mayores a los que ya hemos referido en párrafos anteriores.

La actitud del Sr. Bouzas fue absolutamente inadmisible, ya que ante nuestro reclamo de que se estaban vulnerando, por parte del CGPC Nº 5, los acuerdos alcanzados en decisión soberana de los ciudadanos reunidos en la anterior asamblea plenaria, respondió que quien dispone esas reuniones es el Gobierno de la Ciudad, amparándose en una norma de segundo orden como es la Resolución N° 27/10, y desconociendo el texto, contenido y espíritu de la Ley Orgánica de Comunas Nº 1.777.

También se niega a responder los pedidos de información que proponen los ciudadanos convocados vinculados a la Comuna 5, tales como el detalle de las propiedades del G.C.B.A., índice de mortalidad infantil, personas en situación de calle, etc. que fueran reclamados en la anterior Asamblea, alegando que esa no era materia de su competencia.

Invoca su rol de coordinador pretendiendo dirigir las reuniones e imponer los temas a tratar, desconociendo los principios consagrados por la Constitución de la C.A.B.A., que promueve “…que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la democracia tenga carácter participativo. Dentro de ese lineamiento se propone la descentralización del poder a través de la creación de las comunas y de la sanción de un presupuesto participativo, con el objetivo de crear unidades administrativas más pequeñas con gobiernos autónomos que puedan atender eficazmente la problemática vecinal…”.

También en esta reunión hubo conatos de agresión, insultos, palabras destempladas y hasta amenazas anónimas a través de Facebook, en contra de una integrante del CCP Nº 5, que se manifestó a favor del matrimonio igualitario, con frases tales como “Qué aprendiste en psicología social? A defender derechos indefendibles. No es éticamente correcto que 2 lesbianas o 2 homosex adopten niños. Eso va contra Dios y su plan Divino…Toda esta imbecilidad delirante se acaba en 2011… quizá el mítico Ford Falcon Verde deba salir de nuevo a desandar caminos tendientes a sanear la mentalidad de algunos degenerados como vos… Ah no seas tan violenta en las reuniones del preconsejo, te queda mal en tu carácter de psicóloga social…”

Es por ello que, ante la gravedad institucional de la cuestión planteada, hemos resuelto en asamblea plenaria llevada a cabo el último 17 de julio, suspender nuestra participación en el Preconsejo Consultivo de la Comuna 5, hasta tanto el Gobierno de la Ciudad adecue el funcionamiento de los Preconsejos Consultivos a las disposiciones constitucionales y legales y a los principios de la democracia participativa.

Para su conocimiento adjuntamos a la presente, copia de la siguiente documentación:

Resolución Nº 01/10 – CCCP N° 5
Declaración Nº 01/10 – CCCP N° 5
Nota dirigida al Subsecretario de Atención Ciudadana
Acta del Preconsejo Consultivo Comunal Nº 5 de fecha 30/06/2010
Sin otro particular, saludamos a Ud. atentamente.


Con Copia a:

Jefatura de Gabinete de Ministros
Subsecretaría de Atención Ciudadana
Dirección General de Descentralización y Participación Ciudadana
Sr. Director del CGPC N° 5
Defensoría del Pueblo de la C.A.B.A.
Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana de la Legislatura de la C.A.B.A.

lunes, 30 de agosto de 2010

El Consejo Consultivo Comunal Provisorio de la Comuna 5 apoya a la Comunidad Escolar en sus reclamos por mejoras edilicias y educativas y en sus derechos de LIBERTAD DE EXPRESIÓN en defensa de la ESCUELA PÚBLICA, que en estos momentos se ve afectada por la subejecución del Presupuesto Educativo por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Repudiamos las acciones represivas que continúan llevándose a cabo contra esta Comunidad.



Consejo Consultivo Comunal Provisorio
Comuna 5

EL NORMAL 7 SE MOVILIZA EN DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA

Ante la falta de respuesta del Gobierno de la Ciudad se ha decidido profundizar el plan de movilización.

Esto es lo aprobado en distintas asambleas de estudiantes de nuestra escuela:


Estudiantes Secundarios

A partir del viernes 27 de agosto se inició una toma en el edificio de Guardia Vieja 4266, junto con los estudiantes del Comercial 8 y el Comercial 25, que concurren al mismo edificio.


Estudiantes Terciarios

Se declararon en asamblea permanente. Realizaron un corte de calle en Av. Corrientes 4261 el viernes 27 por la noche y, el lunes 30 a las 20:30 hs. realizarán una clase pública en la puerta de la escuela (Av. Corrientes 4261)


Acto Central

Con la participación de distintos sectores de la comunidad educativa, el martes 31, en Corrientes 4261, a las 8 hs, se hará una clase pública y a las 9 hs. se realizará un acto con corte de calle.



Los principales reclamos son:

· Finalización de las obras en Humahuaca 4260, no aceptaremos más falsas promesas.

· Mayor presupuesto para la educación pública y que se ejecute lo asignado a Infraestructura escolar.

· No a medidas represivas contra los estudiantes

· Que el Gobierno de la Ciudad convoque al diálogo a la comunidad educativa del Normal 7





TODOS JUNTOS EN DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA

Informe elaborado por la Comisión de Control del Proceso de Transferencias de las Comunas.

e-mail: transferenciasacomunas@yahoo.com.ar


Consideraciones sobre la difusión de COMUNAS, y las acciones emprendidas
desde el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, respectivamente.


CONTENIDO
I. Plan de Comunicación elaborado por el Poder Ejecutivo, Sub Secretaría de
Atención Ciudadana.
II. Comentarios al plan de comunicación "Comunas de la Ciudad", elaborado
por Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Centro de Implementación de
Politicas Publicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), y Poder
Ciudadano.
III. Ley 3.489. Folleto explicativo relacionado con el proceso de
descentralización de la Ciudad en comunas.
IV. Decreto 586/2010. Veto de la Ley 3.489.

I – Comunas. Plan de Comunicación
Junio de 2010
El Poder Ejecutivo, por intermedio de la Sub-Secretaría de Atención Ciudadana publica su
PLAN DE COMUNICACIÓN “Comunas de la Ciudad”
INTRODUCCIÓN
“El propósito (destacado en el original) del presente Plan de comunicación es crear mediante un conjunto de acciones directas una inteligibilidad global de la temática de las Comunas y su comunicación. El mismo buscará generar conocimiento en la sociedad porteña y trasmitirlo a través de la comunicación social integral.”
“El objetivo sustancial es comunicar que a través de la descentralización en Comunas, los vecinos y vecinas podrán involucrarse de manera más directa en la adopción de medidas destinadas a dar respuestas a las necesidades y problemáticas propias de su barrio, posibilitando una mejora concreta en la calidad de la democracia y, en consecuencia, en la relación con el Gobierno.”

DESARROLLO.
Explica que este Plan de Comunicación
“...busca esencialmente responder a las preguntas:
¿Por qué es necesario comunicar Comunas?; ¿Quién?; ¿Qué?, ¿Cómo?; y ¿Cuándo?”

Luego de dar las respuestas, establece la FORMULACIÓN DE OBETIVOS.
Se plantea alcanzar los resultados esperados que es
“...que todos los vecinos de la ciudad tomen conocimiento y conciencia del proceso de descentralización en comunas”, para lo cual se imponen“...avanzar conjuntamente en el uso de todas las herramientas comunicacionales...”

A continuación se presentan las herramientas con las que lo llevarán a cabo, en un extenso informe técnico-publicitario de más de 70 (setenta) páginas.

II - Comentarios al plan de comunicación
"Comunas de la Ciudad"

Julio de 2010.

La Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana de la Legislatura de la CABA recibe un informe, elaborado a su pedido y dirigido a su Presidente Dip. Rafael A. Gentili, realizado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Implementación de Politicas Publicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), y Poder Ciudadano, conteniendo observaciones al Plan de Comunicación, atendiendo en especial a dos cuestiones básicas:
a) Los estándares de transparencia, neutralidad y equidad que deben regir la distribución de publicidad oficial en general; y
b) Específica del proceso de descentralización, donde se tiene en cuenta que se trata de un mandato constitucional de la Ciudad, que constituye una política de Estado que no forma parte de las políticas e iniciativas programáticas propias de esta gestión de gobierno.


A partir de esta breve introducción se extienden las observaciones realizadas por estas
Organizaciones, a lo largo de los siguientes 5 (cinco) puntos:
1) Transparencia y Planificación Presupuestaria;
2) Transparencia en los criterios de asignación de pauta oficial y en las contrataciones
en medios públicos;
3) Uso no propagandístico de la campaña de difusión;
4) Adecuación del plan a los objetivos planteados; y
5) Algunas sugerencias.

III - Ley 3.489
Julio de 2010
El 1º de este mes, la Legislatura de la CABA, sanciona la Ley 3489, que impone al  Poder Ejecutivo en el marco del cumplimiento del inciso a) del Artículo 4º de la Ley 3233, adjuntar a los envíos de las boletas de ABL y Patentes, un folleto explicativo relacionado con el proceso de descentralización de la Ciudad en comunas.
El que deberá contener como mínimo:
a. Resumen explicativo del Título VI de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 1777 y la Ley 3233 resaltando la fecha del 5 de Junio del 2011 como la prevista para la realización de la elección de las Autoridades Comunales.
b. Mapa de la división territorial por comunas y Comuna a la que pertenece el domicilio del destinatario.
c. Convocatoria a acercarse al CGPC de su territorio comunal a los efectos de interiorizarse sobre mayores detalles y sobre los mecanismos de participación a su alcance (presupuesto participativo, preconsejo consultivo, etc.)

Además deberá ser entregado a cada alumno asistente a los establecimientos educativos del Gobierno de la CABA adjuntándolo a los cuadernos de comunicaciones en el caso de los establecimientos primarios y en los tres primeros años de los establecimientos secundarios. En el caso de los cuartos y quintos años de los
establecimientos secundarios deberá además realizarse una clase explicativa con invitación a la participación de los padres de los alumnos.


IV - Decreto 586/2010
El Poder Ejecutivo responde el 29 de julio con el dictado del Decreto Nº 586/2010 (B.O. 17/08/2010),vetando el Proyecto de Ley Nº 3489.
Destacándose entre sus fundamentos los siguientes:
•Que el Jefe de Gobierno tiene a su cargo la administración de la Ciudad, la planificación general de la gestión y la aplicación de las normas, así como la  dirección de la Administración Pública procurando su mayor eficacia y los mejores resultados en la inversión de los recursos;
•Que de la interpretación constitucional se deduce que la competencia del Poder Legislativo es atender lo referido al núcleo de la materia, mientras que es atribución propia del Poder Ejecutivo reglamentar las particularidades o detalles de la misma;
•Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4°, inciso a), de la Ley N°3.233, compete al Poder Ejecutivo “iniciar un programa intensivo de difusión y formación pública relacionado con el proceso de Descentralización“,a cuyos fines se están llevando a cabo en el ámbito de esta Administración todas las acciones necesarias;
•Que el proyecto de Ley sub examine avanza sobre la esfera de competencia constitucional del Poder Ejecutivo, estableciendo particularidades, características y acciones a desarrollar en el marco del mencionado programa con un nivel de detalle que excede en mucho el ámbito propio de la función legislativa;
•Que, por otra parte, la implementación de lo dispuesto el proyecto de Ley en estudio significaría un gasto que no se encuentra previsto en el presupuesto del ejercicio en curso, y se superpondría con las erogaciones ya efectuadas con idéntico sentido y alcance, atentando así contra los principios de eficacia y eficiencia en la inversión de los recursos.

Buenos Aires, agosto 27 de 2010.